Guía

Agua de consumo (RD 3/2023): qué obliga a las empresas

El Real Decreto 3/2023 regula la calidad del agua de consumo, su control y su suministro. A una empresa le afecta de tres formas: si usa agua en la fabricación de alimentos, si capta agua de su propio pozo o manantial, o si su edificio es prioritario. Cada caso tiene sus obligaciones de control, y algunos, un plan sanitario del agua.

Qué regula el RD 3/2023

Real Decreto 3/2023

El Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, establece los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Sustituye al antiguo RD 140/2003 y está en vigor desde enero de 2023.

Su enfoque es la gestión del riesgo desde la captación hasta el grifo: no basta con analizar el agua de vez en cuando, hay que conocer dónde puede estropearse y tener controles para evitarlo.

Define también quién responde de cada tramo: el gestor de la red hasta la acometida, y a partir de ahí, en muchos casos, el titular de la instalación.

A qué empresas afecta

Tu situaciónQué eres para el RD 3/2023Obligación principal
Empresa alimentaria con agua de la red pública
Responsable del agua desde la acometida
Controles del agua dentro de tu autocontrol APPCC
Empresa con pozo, manantial o cisternas
Gestora u operadora del agua
Protocolo de autocontrol como cualquier operador
Titular de un edificio prioritario
Titular de edificio prioritario
Plan sanitario del agua del edificio

Una misma empresa puede estar en más de un caso. Por ejemplo, una industria alimentaria que se abastece de su propio pozo es responsable del agua en su proceso y, además, gestora de esa captación.

Si eres empresa alimentaria

El agua que se usa para fabricar, preparar o tratar alimentos, y para lavar lo que entra en contacto con ellos, tiene que cumplir los criterios de calidad del agua de consumo.

La empresa alimentaria es responsable de esa calidad desde el punto de entrega en la acometida. Lo que pase en tus depósitos, tus tuberías y tus tratamientos internos es responsabilidad tuya, no del gestor de la red.

El control del agua se integra en tu sistema de autocontrol basado en el APPCC: un plan de muestreo, análisis con la frecuencia que corresponda y registro de los resultados.

Hay una buena noticia: las empresas alimentarias están exentas de elaborar el plan sanitario del agua, salvo que formen parte de un edificio prioritario. Su herramienta es el APPCC.

Puntos que más fallan en una inspección:

  • Depósitos intermedios sin plan de limpieza y desinfección.
  • Tratamientos internos, como descalcificadores u ósmosis, sin mantenimiento registrado.
  • Puntos de muestreo que no representan el agua que llega al producto.
  • Materiales en contacto con el agua sin aptitud acreditada.
  • Resultados fuera de rango sin medida correctora documentada.

Si captas tu propia agua

Si tu empresa se abastece de un pozo, un manantial o cisternas, el reglamento te trata como gestora del agua. Debes cumplir lo mismo que cualquier otro operador de agua de consumo.

Eso implica tener un protocolo de autocontrol y gestión del abastecimiento, a disposición de la autoridad sanitaria, con al menos:

  • La descripción de la captación, los depósitos y la red.
  • El programa de muestreo: puntos, parámetros y frecuencias.
  • El mantenimiento, la limpieza y la desinfección de las instalaciones.
  • Los productos y materiales en contacto con el agua.
  • La gestión de incidencias.
  • La formación del personal.
  • El suministro alternativo en caso de emergencia.

Y casi siempre, un tratamiento: el agua de pozo rara vez llega apta sin filtración y desinfección, y a menudo necesita eliminar hierro, manganeso, nitratos o dureza.

¿Tu planta usa agua de pozo o tiene tratamientos internos? Revisamos tu captación y tu instalación, y diseñamos el tratamiento para que el agua cumpla en el punto donde se usa.

Cuéntanos tu caso

Si tu edificio es prioritario

El reglamento llama edificios prioritarios a grandes edificios o locales, distintos de las viviendas, donde muchas personas pueden estar expuestas a un riesgo por el agua. La lista está en su anexo VIII e incluye, entre otros, hospitales, clínicas y residencias, y también hoteles y edificios turísticos, con un umbral de 500 plazas de alojamiento.

Sus titulares tienen que elaborar un plan sanitario del agua del edificio: un análisis de los peligros de su instalación interior, la evaluación de los riesgos y las medidas para controlarlos, revisado de forma continua.

El calendario ya está en marcha:

ObligaciónFecha límite
Registrar el edificio en el SINAC
2 de julio de 2024
Documentar el plan sanitario del agua
2 de enero de 2025
Aplicar las medidas correctoras del plan
2 de enero de 2027

Si aún no tienes el plan, ya vas tarde. Y la última fecha, la de las medidas correctoras, está a poco más de dos meses.

Qué tratamiento suele necesitar el agua

Depende de la analítica del agua de entrada y del uso. Estos son los problemas y soluciones más habituales:

ProblemaOrigen habitualTratamiento
Contaminación microbiológica
Pozos, depósitos mal mantenidos
Filtración y desinfección con cloro o UV
Turbidez
Pozos, lluvias, arrastres
Filtración
Hierro y manganeso
Aguas subterráneas
Oxidación y filtración
Nitratos
Acuíferos en zonas agrícolas
Intercambio iónico u ósmosis inversa
Dureza alta
Aguas calcáreas
Salinidad o calidad muy exigente
Pozos salobres o uso en producto
Ósmosis inversa

El tratamiento forma parte del autocontrol: hay que mantenerlo, registrarlo y comprobar que el agua cumple después de él, no antes.

Dimensionamos el tratamiento de tu agua de proceso. Con la analítica del agua de entrada y el uso que le das, definimos el tratamiento y dirigimos la instalación.

Cuéntanos tu proyecto

Agua de consumo, legionella y agua regenerada: no es lo mismo

Tres normas que se confunden a menudo:

  • Agua de consumo (RD 3/2023): el agua apta para beber, cocinar o fabricar alimentos, y la instalación que la lleva hasta el punto de uso.
  • Legionella (RD 487/2022): las instalaciones con riesgo de proliferación de la bacteria, como torres de refrigeración y redes de agua caliente sanitaria. Un mismo edificio puede tener que cumplir las dos.
  • Agua regenerada (RD 1085/2024): agua depurada que se reutiliza. Su uso para consumo humano está expresamente prohibido.

Qué pasa si no cumples

En una empresa alimentaria, un control del agua deficiente es un incumplimiento del autocontrol, y la autoridad sanitaria puede exigir medidas correctoras o actuar sobre la producción afectada.

Para los edificios prioritarios, no elaborar el plan sanitario del agua se considera infracción grave según la Ley General de Salud Pública, con multas que pueden ir de 3.001 a 60.000 euros.

Y más allá de la sanción, el riesgo real es un brote o un lote de producto retirado.

Cuéntanos de dónde viene tu agua y para qué la usas. Te decimos qué te exige el RD 3/2023 y qué tratamiento necesita tu instalación.

Cuéntanos tu caso

Guía divulgativa, revisada el con el texto consolidado del Real Decreto 3/2023 y de la Ley 33/2011, General de Salud Pública, en el BOE. No sustituye al texto oficial ni a un informe técnico sobre tu instalación.

Dudas

Preguntas frecuentes

A las empresas alimentarias que usan agua en sus procesos, a las que captan agua de una fuente propia o la reciben en cisternas, y a los titulares de edificios prioritarios.

No, salvo que forme parte de un edificio prioritario. El control del agua se integra en su sistema de autocontrol basado en el APPCC.

Desde el punto de entrega en la acometida. Depósitos, tuberías interiores y tratamientos propios son responsabilidad de la empresa.

Eres gestor del agua y debes cumplir como cualquier operador: protocolo de autocontrol, programa de muestreo, mantenimiento y desinfección, gestión de incidencias y, casi siempre, un tratamiento.

Un gran edificio o local distinto de una vivienda donde muchas personas pueden estar expuestas a un riesgo por el agua, como hospitales, clínicas o residencias. La lista completa está en el anexo VIII del reglamento.