Guía

RD 487/2022: prevención y control de la legionella

Si tu planta tiene una torre de refrigeración, un condensador evaporativo o agua caliente sanitaria, esta norma te obliga. Aquí están las obligaciones que preguntan en una inspección, los plazos reales y qué pasa cuando un análisis sale alto.

La legionella (también escrita «legionela») es una bacteria que prolifera en el agua de ciertas instalaciones, sobre todo si está estancada o tibia, como torres de refrigeración, condensadores evaporativos y circuitos de agua caliente. Se dispersa cuando la instalación genera aerosoles, y por eso el RD 487/2022 obliga a quien la explota a prevenirla y controlarla.

Resumen del RD 487/2022

  • Qué regula. Los requisitos sanitarios para prevenir y controlar la legionelosis en las instalaciones que usan agua y generan aerosoles.
  • Desde cuándo y qué sustituye. En vigor desde el 2 de enero de 2023. Derogó el Real Decreto 865/2003 y lo modificó el Real Decreto 614/2024.
  • A qué instalaciones afecta. Torres de refrigeración, condensadores evaporativos, agua sanitaria fría y caliente, humectadores y otras que generen aerosoles.
  • Plan de prevención y control. El PPCL es obligatorio y es el punto de partida. El PSL es opcional.
  • Obligaciones del titular. Notificar las torres en el plazo de un mes, mantener los registros cinco años y contar con personal cualificado. Contratar el mantenimiento no traslada la responsabilidad.
  • Controles analíticos. Legionella cada mes en torres y cada trimestre en agua sanitaria, con laboratorio acreditado y método de cultivo.

Acequa redacta el PPCL y hace el mantenimiento higiénico-sanitario. Lo explicamos en el servicio de control de legionella. Y si la purga es parte del problema, la recuperación de la purga de torres de refrigeración.

Qué es y desde cuándo

Real Decreto 487/2022

Fija los requisitos sanitarios para prevenir y controlar la legionelosis en las instalaciones que usan agua y generan aerosoles. Está en vigor desde el 2 de enero de 2023, derogó el Real Decreto 865/2003 y lo modificó el Real Decreto 614/2024, de 2 de julio. Texto consolidado en el BOE.

El cambio de fondo respecto a la norma anterior es el enfoque. Antes se cumplía con un calendario de limpiezas. Ahora se cumple con un plan escrito, con sus registros, que hay que poder enseñar. La inspección ya no pregunta solo cuándo desinfectaste: pregunta qué plan tienes, quién lo firma y dónde están los datos.

Y hay un plazo que ya venció: las plantas tenían que tener su plan actualizado a esta norma antes del 1 de julio de 2025. Si el tuyo sigue siendo el de la época del 865/2003, vas tarde.

¿A qué instalaciones afecta el RD 487/2022?

El decreto se aplica a cualquier instalación que use agua y produzca aerosoles, esté en funcionamiento, en pruebas o en mantenimiento. Su anexo I es una lista abierta. Lo que suele haber en una planta industrial:

  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos. Las de mayor riesgo, y las únicas que hay que notificar. Las explicamos en la guía de torres de refrigeración.
  • Sistemas de agua sanitaria, fría y caliente: vestuarios, duchas, cocina, oficinas.
  • Equipos de enfriamiento evaporativo y centrales humidificadoras industriales.
  • Sistemas de agua contra incendios, humidificadores y humectadores.
  • Lavado de vehículos y riego por aspersión.
  • Cualquier otro elemento de refrigeración o humectación que pueda producir aerosoles. La lista termina con esa cláusula abierta, así que no vale buscar el epígrafe exacto para quedar fuera.

Quedan fuera los edificios de uso exclusivo de vivienda, siempre que no afecten al ambiente exterior. Y una precisión que en la industria cuenta: el responsable es el titular, y si la instalación la explota otra empresa, el responsable es quien la explota, salvo que se acredite lo contrario por escrito. Contratar el mantenimiento no te quita la responsabilidad.

El agua sanitaria fría y caliente es, además, agua de consumo, así que un mismo edificio puede tener que cumplir las dos normas. Lo que pide la segunda lo explicamos en la normativa del agua de consumo.

Obligaciones para empresas e industrias

El titular de la instalación, o quien la explota, tiene seis obligaciones. Cada una se explica más abajo:

  1. Notificar las torres y los condensadores evaporativos a la autoridad sanitaria.
  2. Tener un plan escrito, el PPCL, con esquema hidráulico y cuatro programas.
  3. Limpiar, desinfectar y revisar con las periodicidades mínimas.
  4. Analizar en un laboratorio acreditado, con las frecuencias mínimas.
  5. Actuar según el recuento cuando un análisis sale alto.
  6. Conservar los registros cinco años y contar con personal con la cualificación exigida.

Acequa redacta el PPCL según el RD 487/2022 y realiza el mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones. Más en el servicio de control de legionella.

La notificación que más se olvida

Si tienes torres de refrigeración o condensadores evaporativos, tienes que notificarlos a la autoridad sanitaria de tu comunidad autónoma, por medios electrónicos y con el modelo del anexo II:

  • En el plazo máximo de un mes desde la puesta en funcionamiento, con el número y las características técnicas de los equipos.
  • También las modificaciones que afecten al sistema.
  • Y la baja, en el plazo de un mes desde el cese definitivo.

Dos detalles que conviene saber. El primero: la empresa de servicios que te lleva el mantenimiento está obligada a pedirte por escrito el justificante de la notificación, y si no lo tienes, a avisarte por escrito con copia a la autoridad sanitaria. El segundo: no notificar es infracción grave, no un descuido administrativo.

El plan: PPCL o PSL

Todo titular tiene que tener un plan. Hay dos, y el punto de partida es siempre el primero:

Plan Carácter Qué implica
PPCL
obligatoriopunto de partida
Plan de Prevención y Control de Legionella. Diagnóstico de la instalación, esquema hidráulico, puntos de muestreo y cuatro programas: mantenimiento y revisión, tratamiento, muestreo y análisis, y formación del personal.
PSL
opcionalpreferente en prioritarias
Plan Sanitario frente a Legionella, basado en evaluación del riesgo según la OMS. Mientras no esté diseñado y validado, hay que mantener el PPCL. Es el preferente en centros sanitarios, socio-sanitarios y penitenciarios.

Para una industria, la respuesta práctica casi siempre es el PPCL bien hecho. El PSL aporta cuando hay muchas instalaciones distintas y conviene priorizar por riesgo, y obliga a sostener los dos planes durante la transición. Redactamos el PPCL y lo mantenemos al día dentro del servicio de control de legionella.

Lo que la inspección mira del PPCL, por orden:

  1. El esquema hidráulico actualizado, con los puntos de muestreo y los de posible emisión de aerosoles señalados. Se actualiza cada vez que se modifica la instalación, con la fecha.
  2. Los cuatro programas, con la periodicidad escrita y el reparto de tareas entre personal propio y externo.
  3. Los registros, preferentemente en soporte informático, con declaración responsable. Incluidas las fechas de paradas y puestas en marcha, y su motivo.
  4. Quién es el responsable técnico del plan y qué formación tiene.

Los registros se conservan al menos cinco años y tienen que estar en la propia instalación, a disposición del personal de mantenimiento y de la autoridad sanitaria.

Qué hay que hacer, y cada cuánto

Las periodicidades mínimas de las dos instalaciones que más se repiten en una planta:

Instalación Cada cuánto Qué toca
Torres y condensadores evaporativos
2 veces al año
Limpieza y desinfección del sistema completo, preferiblemente al principio de la primavera y del otoño, o semestral si el funcionamiento no es estacional.
Torres y condensadores evaporativos
semestralmensual
Semestral: separador de gotas, condensador, relleno y sistema de distribución de agua. Mensual: bandeja, sistemas de purga, equipos de tratamiento y de dosificación.
Agua caliente sanitaria
diariosemanalmensual
Temperatura diaria en los acumuladores finales, que no baja de 60 ºC, y en el retorno, que no baja de 50 ºC. Purga semanal del fondo de los acumuladores. Mensual: eliminación de sedimentos y temperatura en una muestra rotatoria de grifos y duchas, que no baja de 50 ºC.
Agua sanitaria, toda la instalación
anual
Revisión, limpieza y desinfección, sin superar los 12 meses entre una desinfección y la siguiente. Revisión trimestral del estado de los acumuladores.

Además, limpieza y desinfección cuando se pone en marcha la instalación por primera vez, tras una parada de más de un mes, tras una reparación o modificación estructural y cuando lo determine la autoridad sanitaria.

Dos requisitos de diseño que salen en casi todas las actas de inspección de torres: el separador de gotas de alta eficiencia, con un arrastre menor del 0,002 % del caudal de agua circulante, y el sistema de purga automatizado en función de la conductividad máxima del circuito. Si tu torre purga con temporizador, hace falta justificación técnica.

Muestreo y laboratorio

Las frecuencias mínimas de análisis cuando se va por PPCL:

Instalación Legionella El resto
Torres y condensadores evaporativos
mensual
Aerobios trimestral. pH, temperatura y biocida diarios. Turbidez semanal. Hierro total y conductividad mensuales.
Sistemas de agua sanitaria
trimestral
Aerobios y hierro total trimestrales. pH, temperatura y biocida diarios. Turbidez semanal.
Después de cada limpieza y desinfección
15 a 30 días
Determinación de Legionella en puntos representativos, para comprobar que el tratamiento funcionó.

Tres cosas que deciden si esas analíticas valen:

  • El método de referencia es el cultivo, según la norma UNE-EN ISO 11731. Los métodos rápidos y la PCR son complementarios, no sustituyen al cultivo en las frecuencias obligatorias.
  • El laboratorio tiene que estar acreditado en ese método según la ISO/IEC 17025.
  • La toma de muestra también se acredita. La hará una entidad acreditada según la misma norma, con un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030. Hasta entonces se toma según el protocolo del anexo VI.

En una torre, la muestra se toma en la tubería del circuito de retorno o, si no, en la balsa, en el punto más alejado del aporte y de la inyección de biocida. Y con cada muestra se miden in situ pH, temperatura, conductividad y desinfectante residual.

Qué hacer si el análisis sale alto

Para torres de refrigeración y condensadores evaporativos, el decreto fija qué hacer con cada resultado. Esta tabla es la que conviene tener a mano el día que llega un informe malo:

Recuento Gravedad Qué hay que hacer
Sin detección o menos de 100 UFC/L
normal
Mantener los programas actuales.
100 a 1.000 UFC/L
aviso
Revisar los programas y corregir lo que haga falta para bajar la concentración. Valorar una limpieza y desinfección. Remuestreo a los 15 a 30 días.
1.000 a 10.000 UFC/L
grave
Revisar los programas, limpieza y desinfección, y nueva muestra a los 15 a 30 días. Si sale presencia, hay que revisar el mantenimiento e introducir las reformas estructurales necesarias.
10.000 UFC/L o más
parada
Parar el funcionamiento de la instalación y vaciar el sistema. Limpiar y desinfectar antes de reiniciar el servicio, y nueva muestra a los 15 a 30 días.

Cuando esto pasa dos veces en la misma torre, el problema rara vez es el biocida. Suele ser el agua: incrustación que protege a la bacteria, biocapa que el tratamiento no atraviesa, o una purga mal ajustada que concentra sales y materia orgánica hasta que ningún desinfectante aguanta.

Un resultado «indeterminable» por crecimiento excesivo de otros microorganismos no es un aprobado. Obliga a revisar el circuito, buscar los puntos de agua estancada y volver a muestrear hasta tener un resultado válido.

Qué pasa si no se cumple

Las infracciones son sanitarias y se gradúan con la Ley 14/1986 y la Ley 33/2011. Son graves, entre otras:

  • No notificar las torres, ocultar información u obstruir la inspección.
  • No tener sistema de control, faltar elementos del plan o no tener los registros.
  • Incumplir las medidas preventivas de diseño de los anexos III y IV.
  • Tratar con desinfectantes no autorizados.
  • Que el personal no tenga la capacitación exigida, o incumplir la formación.

Y son muy graves incumplir una orden de paralización, volver a poner en marcha la instalación sin autorización o el incumplimiento reiterado de los requerimientos. Al margen de la multa, la autoridad sanitaria puede acordar la clausura temporal o definitiva de la instalación, que en una planta con torre significa parar producción.

Sobre el personal: el que ejecuta el programa de tratamiento necesita la cualificación profesional SEA492_2 o el certificado de profesionalidad equivalente. Los antiguos certificados de aprovechamiento de la Orden SCO/317/2003 se prorrogaron cinco años desde la entrada en vigor, así que ese plazo también está agotándose.

Cómo te ayudamos

Dentro de nuestro servicio de control de legionella redactamos el PPCL según el RD 487/2022, hacemos el mantenimiento higiénico-sanitario y tratamos el agua de la torre. Si el problema es la purga, también recuperamos la purga de la torre.

Cuando el recuento sale alto, empezamos por el agua:

  1. Revisamos tus analíticas, el agua de aporte y cómo está ajustada la purga y el ciclo de concentración.
  2. Decimos si el problema es de tratamiento, de incrustación, de diseño del circuito o de calidad del agua de entrada.
  3. Definimos el tratamiento, lo dimensionamos para tu sector y tu caudal y dirigimos el proyecto.

Si tienes un recuento alto o un requerimiento de sanidad, mándanos las dos últimas analíticas y la ficha de tu torre. Un técnico te dice qué está pasando con el agua.

Cuéntanos tu proyecto

Guía divulgativa, revisada el sobre el texto consolidado del Real Decreto 487/2022, con la última modificación de 3 de julio de 2024. No sustituye al texto oficial ni a un informe técnico sobre tu instalación. Puedes consultarlo en el BOE y resolver dudas de aplicación en las páginas de legionelosis del Ministerio de Sanidad. Tu comunidad autónoma puede añadir requisitos propios.

En la práctica

Prevención de legionella: qué implica en la práctica

Prevenir la legionella no es solo desinfectar. Implica tener identificadas las instalaciones de riesgo, un plan con responsable asignado, registros de limpieza y tratamiento, analíticas periódicas y un protocolo de actuación cuando un resultado sale positivo. Es lo primero que pide una inspección.

Dicho de otra forma: lo que se revisa es papel, y ese papel tiene que existir antes de la visita, no después.

  • El censo de las instalaciones de riesgo que hay en tu planta.
  • El plan de prevención, con una persona responsable con nombre y apellidos.
  • Los registros de limpieza, desinfección y tratamiento del agua, al día.
  • Las analíticas periódicas, con el laboratorio y el método que correspondan.
  • El protocolo de qué se hace, y quién lo hace, cuando un resultado sale positivo.

La parte de tratamiento de agua es una pieza de ese conjunto. Revisamos el circuito, definimos el tratamiento y te decimos qué registros genera.

Dudas

Preguntas frecuentes

No. Contratar un servicio externo no exime al titular de garantizar que la instalación no es un riesgo. Las tareas contratadas tienen que quedar descritas y acreditadas por escrito, y la empresa responde de lo que le hayas contratado, no de todo lo demás.

Sí. La obligación de notificar torres y condensadores evaporativos no distingue por antigüedad, y la relación de instalaciones notificadas es pública. Si nunca se hizo, es mejor regularizar antes de que lo detecte una inspección: no notificar es infracción grave.

El PPCL es obligatorio y es el punto de partida. El PSL es opcional y es el preferente en centros sanitarios, socio-sanitarios y penitenciarios. Mientras el PSL no esté diseñado y validado, hay que mantener el PPCL igualmente.

No. El laboratorio tiene que tener acreditado el método de cultivo de Legionella según la ISO/IEC 17025. Y la toma de muestra la hará una entidad acreditada para ese acto, con periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030.

Sí, y es de los caudales que más se olvidan al declarar. La purga sale con sales concentradas y con los productos del tratamiento, así que entra en tu autorización de vertido y en el canon del agua. Recuperarla es además la vía para bajar consumo.

Mensualmente como mínimo, si vas por PPCL, más una determinación entre 15 y 30 días después de cada limpieza y desinfección. La autoridad sanitaria puede aumentar la frecuencia o los parámetros si lo considera necesario.

Una bacteria que prolifera en el agua de ciertas instalaciones, sobre todo si está estancada o tibia, y que se dispersa cuando la instalación genera aerosoles. Por eso las torres de refrigeración, los condensadores evaporativos y el agua sanitaria son las instalaciones que regula el RD 487/2022.

Al titular de cualquier instalación que use agua y produzca aerosoles, y si la explota otra empresa, a quien la explota. Quedan fuera los edificios de uso exclusivo de vivienda que no afecten al ambiente exterior.

Las infracciones son sanitarias y se gradúan con la Ley 14/1986 y la Ley 33/2011. No notificar las torres, no tener el plan o no tener los registros son infracciones graves, e incumplir una orden de paralización es muy grave. La autoridad sanitaria puede además acordar la clausura temporal o definitiva de la instalación.

El RD 487/2022 derogó el 865/2003. El cambio de fondo es el enfoque: antes se cumplía con un calendario de limpiezas y ahora con un plan escrito, con sus registros, que hay que poder enseñar. Las plantas tenían que actualizar el plan antes del 1 de julio de 2025.