Tratamiento de aguas industriales en Madrid

En la Comunidad de Madrid la mayoría del vertido industrial acaba en colector, y ahí el papel que manda lo firma tu ayuntamiento. Leemos tu analítica, vemos qué parámetro te saca de límite y definimos el tratamiento.

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Marco legal

Quién autoriza el vertido industrial en Madrid

Según dónde vierta tu planta, el organismo competente puede ser uno u otro. Con el punto de vertido concreto se confirma antes de preparar documentación.

  • Si vas a colector, la autorización la concede el ayuntamiento del municipio, previo informe preceptivo y vinculante de la consejería competente en medio ambiente.
  • Lo regula la Ley 10/1993 de vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento y el Decreto 40/1994, con los anexos revisados por el Decreto 57/2005.
  • Si tu planta vierte a cauce, el organismo puede ser la Confederación Hidrográfica del Tajo. Su cuenca se delimita por criterios hidrográficos, no por provincias.
  • La autorización al saneamiento se revisa cada cinco años, así que conviene no esperar al aviso.
  • Toda industria que vierta al Sistema Integral de Saneamiento presenta la Identificación Industrial en su ayuntamiento y, si está en el anexo 3 de la Ley 10/1993, también la Solicitud de vertido. Antes de la autorización municipal emite informe la Consejería de Medio Ambiente. El papel del Canal de Isabel II es la tarifa de depuración, con el coeficiente K.

El trámite

Autorización de vertido en Madrid: qué se presenta

El expediente del saneamiento madrileño tiene dos documentos con nombre propio, y un umbral de consumo que decide si te toca.

  • La Identificación Industrial, que describe tu actividad y tu vertido.
  • La Solicitud de vertido, que es la que abre el expediente en el ayuntamiento.
  • Aplica si tu planta consume más de 22.000 m³ de agua al año.
  • También entre 3.500 y 22.000 m³, si tu actividad está en la lista de la norma.

Los dos papeles se preparan con la analítica delante. Sin caracterizar el vertido, lo que se presenta es una estimación, y las estimaciones se corrigen con requerimientos.

La zona

Polígonos e industria en Madrid

Madrid concentra su industria en unos pocos ejes, y cada uno genera un agua distinta.

  • Corredor del Henares, de Coslada y San Fernando a Torrejón y Alcalá. Logística, metal, químico y alimentación.
  • Sur metropolitano, con Getafe, Leganés, Fuenlabrada, Móstoles, Pinto y Valdemoro. Metal, automoción y alimentación.
  • Villaverde y el sur de la capital, con industria pesada y talleres dentro del término municipal.
  • Eje de la A-3, con Rivas y Arganda del Rey.
  • Norte, con Alcobendas, San Sebastián de los Reyes y Tres Cantos, donde pesa más el químico y el farmacéutico.

Servicios

Servicios de tratamiento de aguas en Madrid

Con casi todo el vertido yendo a colector, el trabajo se concentra en cumplir los límites del saneamiento y en mantener la planta cumpliendo.

Lo que decide el proyecto

Depuradora industrial en Madrid: qué condiciona el diseño

  • A dónde vierte tu planta. Es lo primero, porque cambia el organismo y los valores límite.
  • Qué ordenanza aplica tu municipio, que puede apretar más que el mínimo autonómico.
  • Tu consumo anual de agua, que decide si entras en el trámite y con qué documentación.
  • La carga real del efluente, medida en tu planta y no estimada por sector.
  • El espacio disponible, que en polígono consolidado suele ser el límite de verdad.

Por qué Acequa

Empresa de tratamiento de aguas industriales en Madrid

En la Comunidad de Madrid casi todo el vertido industrial acaba en colector, y el permiso lo firma tu ayuntamiento. Tratamos esos vertidos, y empezamos siempre por el tuyo. Si estás comparando proveedores, lee qué tener en cuenta al elegir empresa de tratamiento de aguas.

  • Tu analítica, no la media

    Medimos tu vertido y dimensionamos con esos datos, no con valores medios del sector.

  • Sabemos a quién respondes

    El ayuntamiento si vas a colector, con el informe de la consejería, la Confederación Hidrográfica del Tajo si vas a cauce, y los límites de cada uno.

  • El coste completo

    Inversión, explotación y cómo cambia con el tratamiento lo que pagas por el vertido.

  • Contigo en la puesta en marcha

    Ajustamos la planta en la puesta en marcha y te dejamos los registros para demostrar que cumples.

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Dudas

Preguntas frecuentes

Si vas a colector, al ayuntamiento de tu municipio, que la concede previo informe preceptivo y vinculante de la consejería de medio ambiente. Si viertes a cauce, el organismo puede ser la Confederación Hidrográfica del Tajo. Se confirma con tu punto de vertido.

El trámite entra por encima de 22.000 m³ al año, y también entre 3.500 y 22.000 si tu actividad está en la lista de la norma. Por debajo sigues teniendo que cumplir los valores del colector.

Puede. La norma autonómica fija el marco y cada municipio tiene su ordenanza de saneamiento. Por eso el dimensionado se cierra con los valores que te aplican a ti, no con los genéricos.

La autorización al sistema de saneamiento se revisa cada cinco años. Llegar a esa revisión con analíticas al día y la planta cumpliendo evita empezar el ciclo con un requerimiento.

No. Solo con empresas y actividades industriales.

Su papel es la tarifa de depuración, con el coeficiente K para los vertidos industriales. El trámite del vertido es municipal: la Identificación Industrial en tu ayuntamiento y, si estás en el anexo 3 de la Ley 10/1993, la Solicitud de vertido, con informe previo de la Consejería de Medio Ambiente.